¿Le pidieron su apartamento 'de sorpresa'? Conozca sus derechos como arrendatario en Colombia


En Colombia, el hecho de vivir en arriendo conlleva una serie de responsabilidades tanto para el inquilino como para el arrendador. Los contratos de arrendamiento, ya sean orales o escritos, establecen los términos de la relación entre ambas partes, y la ley 820 de 2003 regula estos acuerdos. Pero, ¿qué sucede si de repente le piden que desocupe su vivienda? Aquí le explicamos sus derechos como arrendatario.

Para empezar, es importante saber que un contrato de arrendamiento puede ser válido incluso sin un documento firmado, siempre y cuando exista un acuerdo de voluntades entre las partes que especifique el inmueble, su destino y el valor del arriendo, según el abogado Óscar Rivera. Sin embargo, la terminación del contrato por parte del arrendador debe cumplir con ciertos lineamientos establecidos por la ley.

Si el dueño o arrendador desea dar por terminado el contrato antes de su vencimiento, debe notificar al inquilino con un aviso por escrito, a través de un servicio postal autorizado, con un mínimo de tres meses de anticipación a la fecha en la que pretende que la vivienda quede desocupada. Además, el aviso debe incluir la fecha exacta de terminación del contrato.

Es importante destacar que, ante esta inesperada solicitud de desalojo, el arrendador tiene la obligación de indemnizar al arrendatario. Los derechos de quienes viven en arriendo están respaldados por la ley, y es esencial conocerlos para protegerse en caso de enfrentar situaciones como esta.

Redacción: Televallenato.

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